Modificación de los contratos de arrendamiento
Muchos de nuestros clientes se quejan de la necesidad de renovar cada cierto tiempo sus permisos de residencia. Te damos unos cuantos motivos para que valores si vale la pena solicitar la nacionalidad.El Decreto Ley 21/18 de 14 de diciembre de medidas urgentes en materia de alquiler que entró en vigor el día 19 de diciembre ha introducido importantes modificaciones en la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Propiedad Horizontal, entre otras.Muchos de nuestros clientes se quejan de la necesidad de renovar cada cierto tiempo sus permisos de residencia. Te damos unos cuantos motivos para que valores si vale la pena solicitar la nacionalidad.
Los cambios más significativos se producen en materia de arrendamientos, con claras ventajas para los arrendatarios.
1.- AMPLIACIÓN DEL PLAZO LEGAL MÍNIMO DE PRÓRROGA OBLIGATORIA
Aumenta de los tres a los cinco años ( e incluso a los siete en los casos en los que el arrendador es persona jurídica)
2.- LÍMITE DE DOS MESES DE FIANZA
Se elimina la posibilidad de que el arrendador pidiese al inquilino la cantidad que estimase, limitándolo a un máximo de dos meses de fianza, si bien es cierto que, en algunos supuestos, como los contratos de larga duración, se podrán exigir garantías adicionales.
3.- GASTOS DE GESTIÓN DEL INMUEBLE
Si el arrendador es una persona jurídica o sociedad y encomienda el arriendo a una inmobiliaria o administración de fincas, deberá hacerse cargo de los gastos de gestión y de formalización y no podrá repercutirlos al inquilino.
Esta reforma no afecta a los arrendadores particulares personas físicas.
4.- IMPORTANTES MODIFICACIONES EN EL RÉGIMEN DE LOS PISOS TURÍSTICOS
Dejan de regularse en la Ley de Arrendamientos Urbanos y tendrán la consideración de una actividad económica independiente.
El Decreto Ley modifica además la Ley de Propiedad Horizontal permitiendo que las comunidades de vecinos puedan limitar o vetar este tipo de arrendamientos de tipo turístico.Debemos reseñar que estos cambios no se aplicarán a los antiguos pisos turísticos, sino únicamente a los que se declaren así a partir de la entrada en vigor del Decreto Ley, ya que la normativa no tiene alcance
5.- REDUCCIÓN DE IMPUESTOS
Se reducen las cargas fiscales para los arrendatarios siempre y cuando la vivienda sea para uso estable, existe exención del pago del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
En cualquier caso, tanto si eres arrendador como si estas pensando en suscribir un alquiler en estos días, desde Logos Legal te recomendamos revisar todas estas medidas para adaptar los pactos contractuales a las modificaciones normativas.